EL TRAMITE ES PERSONAL
Consulado en Bogotá:
Dirección: Calle 118A No 14-62
Teléfonos: 629 5462 - 619 7362
Página Web: www.embajadadecostarica.org
E-mail: visascrcol@yahoo.com
Horario de atención al público: Lunes a viernes 8:30 a.m. a 12:00 p.m., para radicar documentos y entrega de solicitud de visas 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
DIAS FESTIVOS 2009
Enero 1
Abril 10-11-13
Mayo 1
Junio 25
Agosto 2-15
Septiembre 15
Octubre 12
Diciembre 25-28-31
Para ingresar a Costa Rica el pasaporte debe tener una vigencia mínima de 6 meses.
Los ciudadanos colombianos que posean visa de Estados Unidos de América ó visa de la Unión Europea con una vigencia mínima de 3 meses, NO necesitan de visa, para ingresar a Costa Rica.
Los pasajeros que no cumplan este requerimiento deben tramitar la visa directamente ante el Consulado, solicitando la cita a través del correo electrónico: visascrcol@yahoo.com o al número 691 0204 de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua.
Al ingresar a Costa Rica debe presentar el Certificado Internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla (debe aplicarla 10 días antes del viaje).
La duración del trámite es 1 día.
La visa es autorizada por 30 días a partir de la fecha de expedición y el tiempo de permanencia viene en el visado.
Requisitos:
- Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses
- Copia de la hoja de datos biográficos del pasaporte.
- Una foto de 3x4 a color.
- Formulario diligenciado.
- Printer de la reserva o fotocopia del tiquete.
- Carta laboral indicando cargo, sueldo, tiempo de servicio y motivo de viaje.
- Original y fotocopia del certificado internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla.
- Reserva de hotel, si viaja en calidad de invitado, deberá presentar carta desde Costa Rica especificando dicho motivo.
- Para menores de edad: Autorización de salida del país autenticada en notaría (firmada por ambos padres), certificado de estudios y registro de nacimiento.
- Carta de responsabilidad de gastos autenticada en notaría (para personas a cargo).
- Solvencia económica, títulos de propiedad de bienes muebles o inmuebles, estados financieros, tarjetas de crédito y fotocopia de 3 últimos extractos bancarios.
- A su ingreso deberá presentar el tiquete de regreso o continuación de viaje; es posible que le soliciiten demostrar solvencia mínima de USD 500, para su estadía.
- Certificado de movimientos migratorios (las personas que tengan visa americana vigente estan exentas de este movimiento).
- Adjuntar carta de empresa en Costa Rica especificando el motivo de visita, los contactos y fechas de viaje (invitación).
- Certificado judicial en original y copia.
Derechos consulares:
- Valor visa USD 20.
- El valor de la visa se debe consignar en el Banco de Occidente, cuenta corriente No 228 02092 1, a nombre de la Embajada de Costa Rica.
Notas:
- Si la visa es DENEGADA, puede acercarse a la Embajada al día siguiente de la presentación de la cita, para que le sea expida una carta por concepto de devolución del dinero consignado.
- En Bogotá se expiden visas por una entrada, las visas de entradas múltiples se solicitan en Colombia y son estampadas en Costa Rica.
- Una vez otorgada la visa, el usuario cuenta con 60 días para ingresar a territorio costarricense, por lo que es necesario que el solicitante tenga presente en el momento de solictar la cita para la visa.